LICENCIA DE NAVEGACIÓN (TITULÍN)
La licencia de navegación o antiguo titulín, es un permiso que puedes conseguir en tan solo 6 horas de formación, 2 de teoría y 4 de práctica y que no requiere superar ningún examen.
Habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y para la navegación diurna y costera a una distancia máxima de la costa de 2 millas. Además de poder llevar motos náuticas sin límite de potencia.
PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 5 millas de ésta.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.
Condiciones de obtención:
- Haber cumplido 16 años.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
- Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.
PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 5 millas de ésta.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.
Condiciones de obtención:
- Haber cumplido 16 años.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
- Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.
PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Si se realizan las practicas de navegación se podrán gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
- Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 15 metros de eslora o bien hasta 24 metros de eslora si también se han realizado las prácticas de navegación.
Condiciones de obtención:
- Haber cumplido 18 años.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
- Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.
PATRÓN DE YATE
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.
Condiciones de obtención:
- Poseer el título de Patrón de Yate.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
- Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.
PATRÓN DE YATE
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.
Condiciones de obtención:
- Poseer el título de Patrón de Yate.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
- Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.
CAPITÁN DE YATE
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora.
Condiciones de obtención:
- Poseer el título de Patrón de Yate.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
- Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.