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Licencia de navegación (TITULÍN)

La licencia de navegación o antiguo titulín, es un permiso que puedes conseguir en tan solo 6 horas de formación, 2 de teoría y 4 de práctica y que no requiere superar ningún examen.

Habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y para la navegación diurna y a una distancia máxima de la costa de 2 millas. Además de poder llevar motos náuticas sin límite de potencia.

PNB - Patrón de navegación básica

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 5 millas de ésta.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.

Condiciones de obtención:

  • Haber cumplido 16 años.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

PER - Patrón de embarcaciones de recreo

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Si se realizan las practicas de navegación se podrán gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 15 metros de eslora o bien hasta 24 metros de eslora si también se han realizado las prácticas de navegación.

Condiciones de obtención:

  • Haber cumplido 18 años.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

PY - Patrón de yate

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.

Condiciones de obtención:

  • Poseer el título de Patrón de Yate.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

CY - Capitán de yate

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora.

Condiciones de obtención:

  • Poseer el título de Patrón de Yate.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

Licencia de navegación (TITULÍN)

La licencia de navegación o antiguo titulín, es un permiso que puedes conseguir en tan solo 6 horas de formación, 2 de teoría y 4 de práctica y que no requiere superar ningún examen.

Habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y para la navegación diurna y una distancia máxima de la costa de 2 millas. Además de poder llevar motos náuticas sin límite de potencia.

Patrón de navegación básica

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 5 millas de ésta.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora.

Condiciones de obtención:

  • Haber cumplido 16 años.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

Patrón de embarcaciones de recreo

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Si se realizan las practicas de navegación se podrán gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 15 metros de eslora o bien hasta 24 metros de eslora si también se han realizado las prácticas de navegación.

Condiciones de obtención:

  • Haber cumplido 18 años.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de radiocomunicaciones, seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

Patrón de yate

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y navegaciones con una separación máxima de la costa de 150 millas.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 24 metros de eslora.

Condiciones de obtención:

  • Poseer el título de PER.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.

Capitán de yate

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora.

Condiciones de obtención:

  • Poseer el título de Patrón de Yate.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica o reconocimiento médico.
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